MORATORIA HIPOTECARIA Y DEL CRÉDITO NO HIPOTECARIO
MORATORIA HIPOTECARIA Y DEL CRÉDITO NO HIPOTECARIO Estas medidas se aplicarán a los préstamos hipotecarios contratados para la adquisición de: • Vivienda habitual • Inmuebles afectos a la actividad económica • Viviendas diferentes a la habitual en situación de alquiler, cuyo arrendador, persona física, haya dejado de percibir la renta desde el estado de alarma.
CONDICIONES DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA:
• Que el trabajador beneficiario pase a estar en situación de desempleo
• Que el empresario o profesional sufra una pérdida sustancial de ingresos de al menos el 40%
• Que, en el mes anterior a la solicitud, los ingresos de la unidad familiar no superen:
o 3 veces el IPREM (1613,52€)
o Se incremente 0,1 veces el IPREM por hijo a cargo y 0,15 en unidad monoparental
o Se incrementa 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años
o El límite será 4 veces el IPREM (2151,36€) más incremento de hijo a cargo, cuando algún miembro de la unidad familiar tenga declarada una discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapaciten para realizar actividad laboral.
o El límite será de 5 veces (2689,2€) en caso de un miembro con enfermedad metal o discapacidad intelectual superior al 33%, o con discapacidad física o sensorial superior al 65%, como en caso de enfermedad grave que incapacite a la persona o a su cuidador para realizar actividad
• Que el total de la cuota hipotecaria, más los gastos de suministros básicos (electricidad, gas, gasoil, agua corriente, teléfono, etc.) resulte igual o superior al 35% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar.
• Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar sufra una alteración significativa en sus circunstancias económicas y el esfuerzo de la carga hipotecaria se haya multiplicado al menos por 1,3.
ACREDITACIÓN DE LAS CONDICIONES (DOCUMENTACIÓN):
• Certificado de situación de desempleo en el que figure el importe mensual percibido.
• Certificado de cese de actividad para autónomos emitido por la Agencia Tributaria o el órgano competente.
• Personas que habitan la vivienda:
o libro de familia o certificado de pareja de hecho.
o certificado de empadronamiento, a la fecha de la presentación de la solicitud y a los seis meses anteriores
o declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente
• Titularidad de los bienes
o nota simple del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar
o escrituras del inmueble y de la concesión del préstamo hipotecario
o contrato de arrendamiento del local, si se solicita moratoria por local alquilado como arrendador
o declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos
Si no se pudiese aportar algún documento, deberá indicarse así en la declaración responsable y aportarlo en el plazo de un mes una vez finalizado el estado de alarma.
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